LA DEFENSORIA DEL PUEBLO SOLICITO A LA SECRETARIA DE ENERGIA DE NACION MAYORES INVERSIONES ENERGETICAS PARA LA REGION DEL NEA
En este contexto, el Defensor del Pueblo de la Provincia, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, son numerosas las consultas ante el Organismo de la Constitución sobre los daños producidos por cortes y oscilación de tensión en el servicio energético, a raíz de las elevadas temperaturas que se vienen registrando, es por ello que, pidió a todos los damnificados que hagan la denuncia correspondiente y recordó que se encuentran vigentes las Resoluciones del EROSP N° 451/07 y su modificatoria N° 70/12, que reglamentan el procedimiento para el reclamo por daños a instalaciones y/o artefactos por deficiencias en la prestación del servicio de energía eléctrica. El Ombudsman expresó que, todo usuario que considere haber sufrido un perjuicio de estas características, deberá formular su reclamo directamente ante el EROSP, dentro de los cinco (5) días de producido el hecho, ya que, no está obligado a realizarlo previamente ante la empresa prestataria del servicio REFSA. Es así que, el Anexo de la Resolución Nº 70/12, dispone la obligación del usuario de realizar una exposición clara y sucinta del hecho que generó el o los daños derivados del suministro de energía eléctrica. Para evitar demoras resulta conveniente efectuar una exposición policial, en la que se debe dejar constancia de: 1) Fecha y hora del siniestro, 2) Tipo de daños causados, 3) Listado de artefactos eléctricos dañados con indicación de marcas, modelos, series, etc., como así también la factura de adquisición correspondiente. Será importante hacer mención sobre la existencia de hechos similares sufridos por vecinos que sean provistos del suministro por la misma red. Con la exposición policial y/o instrumento público, se debe concurrir al EROSP dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles de producido el hecho, sito en Av. Napoleón Uriburu – Este – 57, de nuestra ciudad, o remitir vía mail a las siguientes direcciones de correos electrónicos: atencionusuarioserosp@gmail.com; formosaerosp@gmail.com, acompañando además, fotocopia de la última factura de servicio y del Documento Nacional de Identidad del titular del servicio o usuario. El reclamante que no sea titular del servicio, deberá presentar documentación que acredite la posesión o tenencia del inmueble o cualquier prueba que evidencie su condición de usuario. Luego de ello, en el lapso de 3 días de recibido el reclamo, se verificarán conjuntamente las instalaciones eléctricas del inmueble y sobre la existencia de protecciones reglamentarias, por parte del usuario, un Inspector del EROSP y personal de REFSA. El usuario también tiene derecho a designar un perito técnico de su confianza para que participe en dicha inspección, a su cargo y costo. Además, se revisarán los artefactos dañados y luego ambas partes, tendrán 5 días hábiles para presentar los respectivos informes y se podrá adjuntar el presupuesto correspondiente de la reparación del electrodoméstico o la imposibilidad de su arreglo. De las actuaciones se corre vista a REFSA, quien tiene 5 días para acompañar pruebas que hagan a su defensa, si no reconociere los daños ocasionados. Por último, será el EROSP el que decidirá formalmente si existió o no, nexo causal entre el servicio prestado y los daños denunciados por el usuario, mediante el dictado de la Resolución respectiva. Para asesoramiento sobre este y demás temas podrán hacerlo vía mail a: denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar.